 
LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE DATOS / MEDIDAS DE SEGURIDAD
- OBLIGATORIO / SANCIONABLE -
Apreciado cliente,
Todas las empresas que utilizan datos de tipo personal están obligadas a cumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999, regulada por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de Diciembre, cuya finalidad es la de proteger la información de carácter personal de las personas físicas.
Por tanto, todas aquellas empresas que dispongan de datos de carácter personal, están OBLIGADAS a:
- INSCRIPCIÓN DE LOS FICHEROS EN LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
- ELABORACIÓN DE UN DOCUMENTO DE SEGURIDAD.
- OBLIGACIÓN DE COMUNICACIÓN (CESIÓN) DE DATOS A UN TERCERO.
- CELEBRACIÓN DE CONTRATOS CON LOS POSIBLES ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS.
- ELABORACIÓN DE UN DOCUMENTO DE OBLIGACIONES DEL PERSONAL, RESPECTO DE LOS DATOS TRATADOS.
- IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA QUE GARANTICE EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DEL AFECTADO O INTERESADO.
- IMPLANTAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONA
El incumplimiento de esta Ley, contempla las siguientes sanciones:
INFRACCION LEVE: sanción de 601 € a 60.101 €.
INFRACCION GRAVE: sanción de 60.101 € a 300.506 €.
INFRACCION MUY GRAVE: sanción de 300.506 € a 601.012 €.
La Agencia de Protección de Datos incrementa día a día sus actuaciones, con el fin de que todas las empresas y autónomos cumplan con esta legislación, con un dato significativo: sus recursos no vienen vía Presupuestos sino “de las sanciones que su actuación genera”.
INFORMATICA LLOP, empresa especializada en métodos y programas para el cumplimiento de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) y en implantar las Medidas de Seguridad obligatorias, puede ayudarle a cumplir con esta legislación.
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